Incluso para alguien que posee una residencia permanente o “Green Card” en los Estados Unidos, existen ciertas razones por las que se corre un riesgo de deportar. A continuación, detallaremos cuáles son dichos motivos divididos en cuatro categorías.
1. Inadmisibilidad al momento de entrada, ajuste de estado o violación de estado
- Inadmisibilidad al momento de entrada o de ajuste de estado. Un residente puede haber ingresado al país de manera inadmisible si evadió la inspección al momento de su entrada.
- Violación de las condiciones de su visa o tarjeta verde. Por ejemplo, ausentándose del país por más de 180 días o el tiempo que las leyes de inmigración señalen.
- Que el estado de residente temporal condicional se haya terminado.
- Brindar ayuda a otro extranjero para ingresar ilegalmente al país como indocumentados.
- Contraer matrimonio de manera fraudulenta con un ciudadano estadounidense, con fines migratorios únicamente.
2. Deportar por ofensas criminales
Crímenes de “carácter moral” cometidos en los primeros cinco años de residencia en los EE. UU., o por los que se pueda imponer una sentencia de un año o más.
Las leyes de inmigración no definen con claridad a qué se refiere con ese término, sin embargo, se considera que de existir deshonestidad o robo, existe indecencia moral. Otros ejemplos de este tipo de crímenes son la violencia doméstica, abuso sexual, tentativa de robo u homicidio o manejo bajo la influencia de sustancias agravado.
Múltiples condenas sin importar que sean dadas en un mismo juicio
- Condenas por violaciones relacionadas con drogas. Todos los adictos a sustancias son elegibles para ser deportados, con excepción de una única ofensa por posesión para uso personal de hasta 30 gramos de marihuana.
- Condenas por tráfico o posesión indebida de armas o accesorios destructivos.
- Condena por violencia doméstica, abuso y violación de una orden de protección emitida por la corte.
- Tráfico de drogas, personas, armas, lavado de dinero y demás ofensas contenidas en la sección 1182 (a)(2)(H) de la ley de Inmigración y Nacionalidad (en inglés).
3. Deportar por falta de registración y falsificación de documentos
- Cambio de domicilio: Los residentes permanentes legales en los EE. UU. deben informar el cambio al Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS por sus siglas en inglés) en los próximos diez días desde que se mudasen a un nuevo domicilio. Es un trámite simple y puede hacerlo en línea en la página web de USCIS.
- Condena por fraude o falsificación de documentos relacionados con la obtención de su condición de inmigrante.
- Afirmar ser ciudadano o actuar como tal, por ejemplo, votando. Existe una excepción para hijos de ciudadanos que vivieran en EE. UU. antes de los 16 años de edad y que razonablemente creyeran ser ciudadanos sin serlo.
4. Razones de seguridad para deportar
- Involucrarse en actividades de espionaje o sabotaje, violar o evadir alguna ley prohibiendo la exportación de bienes, tecnología o información sensible.
- Involucrarse en alguna actividad que ponga en peligro la seguridad nacional o que atente contra el control del gobierno de EE. UU.
- Participar en actividades terroristas.
- Participar en actividades que el Departamento de Seguridad Nacional considere tendrán consecuencias adversas en sus políticas internacionales.
- Participar en genocidios, actos de tortura, homicidios extrajudiciales, violaciones de libertad religiosa o reclutamiento de niños soldados.
- Ser una carga pública en los cinco años posteriores a su entrada por razones que no surgieron después de su ingreso a los Estados Unidos.
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En cualquier caso, la buena noticia es que incluso si usted ha cometido alguna falta que pueda ser causal de deportación, por ser un residente legal tendrá derecho a defenderse frente a una corte de inmigración y no será deportado inmediatamente.
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